El Fondo de Protección Ambiental (FPA), es el primer y único fondo concursable de carácter ambiental con que cuenta el Estado de Chile. Fue creado por la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para apoyar iniciativas ciudadanas y financiar total o parcialmente proyectos o actividades orientados a la protección o reparación del medio ambiente, el desarrollo sustentable, la preservación de la naturaleza o la conservación del patrimonio ambiental.
Según las Bases Generales del FPA, “podrán presentarse al concurso personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que cumplan los requisitos específicos señalados para cada concurso en las bases especiales”, los que pueden ser organizaciones sociales e instituciones chilenas sin fines de lucro, como:
Juntas de vecinos.
Clubes deportivos.
Centros de padres.
Agrupaciones culturales y ambientales.
Comunidades y asociaciones indígenas (Ley 19.253)
Organismos No Gubernamentales ONG’s
Asociaciones gremiales
Etc.